Abolición de la Esclavitud en Puerto Rico
- Histopedia de Puerto Rico
- 20 may 2022
- 11 Min. de lectura
Actualizado: 17 sept 2024

LA ABOLICIĆN DE LA ESCLAVITUD
EN PUERTO RICO
Trasfondo histórico
Los primeros esclavos que llegaron al Nuevo Mundo vinieron con el entonces gobernador de Las Indias, NicolĆ”s de Ovando, en el 1502 ya que el Rey Fernando lo habĆa autorizado para que le ayudaran en el servicio domĆ©stico. Y en el 1505, trajeron diecisiete africanos para que trabajaran en las minas de La EspaƱola.
(Ver: Llegada de Esclavos Africanos a Puerto Rico en el siguiente enlace)
En Puerto Rico, el primer registro que se encontró, data del 1510, donde se le concede permiso a Micer Gerón de Bruselas a llevar esclavos a "la isla de San Juan Bautista" para su servicio. SegĆŗn el profesor e historiador puertorriqueƱo, Luis M. DĆaz Soler:
"A la isla de Puerto Rico arriban los primeros esclavos en el aƱo 1510, cuando su majestad autorizó a Jerónimo de Bruselas, para traer dos esclavos negros que habrĆan de ayudarle en el desempeƱo de su oficio real."

Ā Ā Ā Ā Ā En 1513, se autorizó la introducción general de esclavos africanos a Las Indias, pero tres aƱos despuĆ©s (en el 1516), el Cardenal Cisneros lo prohibió. Sin embargo, tuvo que autorizarlo nuevamente porque, para ese tiempo, Fray BartolomĆ© de las Casas y Fray Antonio de Montesinos continuaban con la lucha a favor de la liberación de los taĆnos, y no habĆa mano de obra para trabajar en las minas ni en la agricultura.
(Ver: Fray Bartolomé de las Casas en el siguiente enlace)
Eventos cronológicos previo a la abolición de la esclavitud en Puerto Rico
En 1767, se hizo un convenio entre el Gobierno de EspaƱa y el de Dinamarca para la mutua restitución de esclavos huĆdos.
En 1775, el Rey autorizó la importación de 2,000 esclavos por la compaƱĆa de Caracas.
1784 se abolió el carimbo, una marca que se hacĆa con hierro caliente.
Para el Siglo XIX, los precios de los esclavos habĆan subido de entre 500 a 800 pesos.
1808 la importación de esclavos fue prohibida en Estados Unidos, según se indicaba en la Constitución adoptaba en 1787.
1840 el abolicionista escocés, David Turnball, destacado en Cuba como cónsul, escribió en su libro Viajes por occidente: Cuba; Avisos de Puerto Rico y la trata de esclavos, que en Puerto Rico, la proporción del sexo entre los esclavos guarda mayor igualdad que en ninguna otra de las Antillas, siendo el número de hembras y varones aproximado.
1855 Epidemia de cólera en Puerto Rico, donde fallecieron mĆ”s de 30,000 personas en un perĆodo de un aƱo, mayormente de raza negra ya fueran esclavos o libres.
1860 En comparación con las islas vecinas, la proporción de esclavos en Puerto Rico nunca fue tan alta, en relación a los libres. Ese año, los resultados del censo fueron: 300,430 blancos, 241,015 negros libres y 41,736 esclavos, para un total de 583,181 individuos.
1867 el Rey Fernando VII firma la Real Cédula para abolir la introducción de esclavos africanos en las colonias españolas.
En 1873 (aƱo en que se le dio la libertad a los esclavos) el costo de los esclavos en Puerto Rico fluctuaba entre 200 y 300 pesos.
Para 1873, antes de abolir la esclavitud en Puerto Rico, muchos puertorriqueƱos daban la libertad a sus esclavos domĆ©sticos en sus testamentos. TambiĆ©n para ese tiempo, ya algunos esclavos habĆan comprado su libertad, y no se podĆa pagar por ellos mĆ”s de la cantidad de dinero que faltaba para su liberación. A Ć©stos se les llamaban coartados.
La lucha polĆtica y abolicionista
A pesar de las diversas circunstancias que hicieron de la esclavitud negra en la isla algo menos cruel e inhumnano que en otros paĆses, el liderato cĆvico, intelectual y polĆtico de Puerto Rico nunca se mostró conforme con la mancha de la esclavitud en su pueblo.
Desde principios del siglo XIX fue surgiendo la nacionalidad puertorriqueƱa, y se fue pensando de que este pueblo tenĆa personalidad y destino propios. Para ese entonces, en 1861, al subir a la presidencia de los Estados Unidos, el gran abolicionista Abraham Lincoln, sobrevino la terrible guerra civil entre los estados del norte y los del sur, acontecimientos que activaron las propagandas a favor de la abolición de la esclavitud en Puerto Rico.

Entre los primeros abolicionistas en Puerto Rico, se distinguieron principalmente dos patriotas; el doctor Ramón Emeterio Betances, y el licenciado Segundo RuĆz Belvis. En el 1856, Betances fundó un hospital en Mayagüez para tratar a todos los enfermos durante la epidemia de cólera, contrario a lo que le exigĆa el Gobierno de tratar solo a los militares espaƱoles.

Otro mĆ©dico que lo ayudó fue el mayagüezano, JosĆ© Francisco Basora, pero esto les causó muchos problemas, y en el 1858, fueron desterrados a Francia, por alegadas ideas abolicionistas y revolucionarias. Al regresar a Puerto Rico en 1859 para continuar con su lucha, ambos se unieron al joven abogado, nacido en Hormigueros, Segundo RuĆz Belvis.

En el 1861, Francisco Basora se traslada a Nueva York para continuar con la lucha desde allĆ”, pero se quedan en la Isla Betances y Ruiz Belvis. Una de las cosas que Ć©stos hacĆan era, acudir a las ceremonias de bautismo y pagar 25 pesos por la libertad de los niƱos esclavos.
En el 1864, Emeterio Betances escribió una proclama a la que llamó. Los Diez Mandamientos de los Hombres Libres. Esto era un programa de reformas para Puerto Rico, donde se solicitó, en primer lugar, la Abolición de la Esclavitud. Este documento se mantuvo en secreto hasta 1867.
(Ver: El Grito de LaresĀ en el siguiente enlace)
Ese mismo año (1864), Julio L. de Vizcarrondo prestó su casa en Madrid para organizar una reunión con los algunos simpatizantes de la causa, y al año siguiente, gracias a su iniciativa, se fundó la Sociedad Abolicionista Española. También fundó el periódico El abolicionista español para poder extender su propaganda. Su activismo en la Sociedad Abolicionista fue importante para obtener la aprobación de la Ley Moret de las Nuevas Cortes Españolas.

(Ver ademƔs: Abolicionistas de Puerto Rico en el siguiente enlace)
Comisionados en EspaƱa
En 1865, el gobierno espaƱol, a travĆ©s de la Junta Informativa de Ultramar, llamó a los comisionados de Cuba y Puerto Rico a Madrid para informar acerca de las reformas administrativas. La delegación de Puerto Rico estaba compuesta por tres liberales y un conservador. Estos eran: JosĆ© JuliĆ”n Acosta, Segundo RuĆz Belvis, Francisco Mariano QuiƱones y Manuel Zeno Correa.

Los tres primeros presentaron un informe sobre la abolición inmediata de la esclavitud de la Isla, pero Zeno Correa no se solarizó con sus compratiotas, y la mayorĆa de los delegados cubanos se opusieron a estos reclamos, por ser considerados extremistas. Los autores del proyecto, exigĆan la abolición inmediata, radical y definitiva, de la esclavitud, con indeminización para los amos, y reglamentación forzosa del trabajo, aunque tambiĆ©n aceptaban aprobar el proyecto, sin haber compensación. Por eso, la mayorĆa no aprobó sus ideas. Sin embargo, se logró fijar el principio de la esclavitud, estableciĆ©ndolo como un problema social que habĆa que resolver, y se subscribieron dos informes adicionales donde se trataban los problemas fiscales de la Isla. SegĆŗn la opinión del historiador y catedrĆ”tico Luis M. DĆaz Soler, este informe "es posiblemente el documento mĆ”s importante y mejor elaborado, escrito por puertorriqueƱos en el siglo XIX".
Manuel Zeno Correa estuvo de acuerdo con el proyecto económico, pero no con el que proponĆa una nueva fórmula de gobierno para las Antillas. Esta consistĆa, entre otras cosas, en ideas autonomistas. AsĆ, los delegados regresaron a Puerto Rico con la promesa de que sus esfuerzos en la Junta Informativa de Ultramar servirĆan para redactar las Leyes especiales.
Ā Ā Ā Ā Ā Cuando los comisionados se dispusieron a regresar a la Isla, se enteraron que el gobernador JosĆ© MarĆa Marchessi, ordenó el destierro de Ramón Emeterio Betances, Segundo RuĆz Belvis, Pedro Jerónimo Goyco, y otros. Betances no habĆa viajado a EspaƱa con los delegados, pero se habĆa mantenido en la Isla apoyando a los compueblanos en sus ideas separatistas. Y, a pesar de que la idea del Gobernador era que se presentaran en EspaƱa, Ć©ste y RuĆz Belvis salieron hacia St Thomas, desde donde Betances envió clandestinamente su proclama, conteniendo Los diez mandamientos de los hombres libres.

MĆ”s adelante, Rafael MarĆa de Labra redactó una resolución que correspondió a Don Eugenio MarĆa de Hostos proponer al Gobierno Provisional.

Esta fue aprobada en su texto original y puesta en vigor inmediatamente. La misma garantizaba la libertad a todos los niƱos de mujer esclava que nacieran a partir del 17 de septiembre de 1868.
RomƔn Baldorioty de Castro

Ā Ā Ā Ā Ā En las cortes de 1870, Puerto Rico estuvo representado por RomĆ”n Baldorioty de Castro. Este unió sus esfuerzos a los de Luis Ricardo Padial y JosĆ© Pascasio Escoriaza. El 23 de mayo de ese aƱo, Baldorioty presentó sus quejas ante las Cortes, recalcando que aĆŗn habĆan cuarenta mil esclavos en Puerto Rico, y que ninguna voz abolicionista se habĆa levantado en la Isla. Al ver la reacción entusiasta de los jueces en las Cortes, reafirmó su discurso y retiró la propuesta original, logrando que se aprobara mĆ”s adelante la Ley Preparatoria para la Abolición de Esclavitud en Puerto Rico. La misma fue presentada por Segismundo Morety Prendergarst, Ministro de Ultramar. Sin embargo, esta legislación no fue del agrado de los demĆ”s abolicionistas ya que pensaban que podĆa demorarse mĆ”s el proceso. (TodavĆa, a finales del 1872, se habĆa quedado sobre la mesa el proyecto de abolición del gobierno.)
Cabe seƱalar, que para ese tiempo, Inglaterra, Francia y Estados Unidos ya habĆan libertado a las clases esclavas, pero en las colonias espaƱolas del Caribe se continuaba con esa prĆ”ctica.
La abolición
En el aƱo 1873, cinco aƱos despuĆ©s de la revolución del Grito de Lares en Puerto Rico, donde participaron algunos de los abolicionistas, regresaron las Cortes EspaƱolas para continuar el proyecto que se habĆa quedado pendiente. En esta ocasión, el rĆ©gimen republicano aseguraba en el ArtĆculo IV que:
"Las actuales Cortes seguirÔn deliberando hasta que quede votado definitivamente el proyecto de Abolición de la Esclavitud en Puerto Rico."
La Asamblea Nacional dispuso un emprĆ©sito de 35,000,000 de pesetas para indemnizar a los dueƱos de esclavos, y el 22 de marzo de 1873 (Ćŗltimo dĆa de sesión), fue aprobada por unanimidad la ley que emancipa a los esclavos en Puerto Rico. La noticia fue transmitida por cable y fue motivo para jĆŗbilo en la Isla.
La Abolición de la Esclavitud no trajo guerra, violencia, ni injusticia para la sociedad puertorriqueña. Toda la población acató la libertad para el esclavo neutro sin que se alterara el orden ni se opusiera resistencia al decreto libertador.
Uno de los hombres que con mÔs ahinco trabajó en las Cortes Españolas a favor de la abolición fue el republicano Emilio Castelar, Presidente del Congreso de los Diputados.

Este dijo que, el 22 de marzo de 1873:
"Vinieron los comisionados de Puerto Rico y presentaron un luminoso informe, en el cual no sabemos quĆ© admirar mĆ”s, si la copia de noticias, o la abnegación sublime con que, siendo en su mayorĆa propietarios de esclavos, demandaban la abolición simultĆ”nea, inmediata, con plazo o sin plazo, con indemnización o sin ella."
Ley aboliendo la esclavitud en Puerto Rico
La Asamblea Nacional, en uso de su soberanĆa, decreta y sanciona la siguiente ley;
ArtĆculo 1: Queda abolida para siempre la esclavitud en la isla de Puerto Rico.
ArtĆculo 2: Los libertos quedan obligados a celebrar contratos con sus actuales poseedores, con otras personas o con el Estado, por un tiempo que no bajarĆ” de tres aƱos. En esos contratos intervendrĆ”n con el carĆ”cter de curadores de los libertos, tres funcionarios especiales nombrados por el Gobierno Superior, con el nombre de protectores de los libertos.
ArtĆculo 3: Los poseedores de esclavos, serĆ”n indemnizados de su valor en el tĆ©rmino de seis meses, despuĆ©s de publicada esta ley en la Gaceta de Madrid. Los poseedores con quienes no quisieran celebrar contratos, sus antiguos esclavos obtendrĆ”n un beneficio de 252 por 100 sobre la indemnización que hubiera de corresponderles en otro caso.
ArtĆculo 4: Esta indemnización se fija en la cantidad de treinta millones de pesetas, que se harĆ” en efectivo mediante un emprĆ©sito que realizarĆ” el Gobierno sobre la exclusiva garantĆa de las rentas de la isla de Puerto Rico, comprendiendo en los presupuestos de la misma cantidad de 3,500,000 pesetas, anuales, para intereses y amortización de dicho emprĆ©sito.
ArtĆculo 5: La distribución se harĆ” por una Junta compuesta del Gobernador Superior Civil de la Isla, Presidente, del Jefe Económico, del Fiscal de la Audiencia, de tres diputados provinciales elegidos por la Diputación, del SĆndico del Ayuntamiento de la Capital, de dos propietarios elegidos por cincuenta poseedores del mayor nĆŗmero de esclavos y de otros elegidos por los cincuenta poseedores del menor nĆŗmero. Los acuerdos de esta comisión serĆ”n tomados por mayorĆa de votos.
ArtĆculo 6: Si el Gobierno no colocase el emprĆ©sito, entregarĆ” los tĆtulos a los actuales poseedores de esclavos.
ArtĆculo 7: Los libertos entrarĆ”n en pleno goce de los derechos polĆticos a los cinco aƱos de publicada la ley en la Gaceta de Madrid.
ArtĆculo 8: El Gobierno dictarĆ” las disposiciones necesarias para la ejecución de esta ley y atender a las necesidades de beneficiencia y de trabajo que la misma hiciera precisar. Lo tendrĆ” entendido el Poder Ejecutivo para su impresión, publicación y cumplimiento.
Palacio de la Asamblea Nacional, 22 de marzo de 1873.
Francisco Salmerón y Alonso Presidente.
Eduardo Benot, Representante Secretario
Federico Balart, Representante Secretario
Mural de la Abolición

El Mural de la Abolición que se encuentra en la Casa de las Leyes de Puerto Rico (el Capitolio), es realmente un mosaico, elaborado en la Casa Enrique Pandolfini, en Italia.
El mismo fue diseñado por el artista plÔstico puertorriqueño (nacido en Nueva York) Rafael Tufiño Figueroa, quien fuera conocido como El Artista del Pueblo, por los temas de sus obras. Este representa a un esclavo rompiendo sus cadenas y, en primer plano, pueden verse los abolicionistas Segundo Ruiz Belvis, Ramón Emeterio Betances, José JuliÔn Acosta, Francisco Mariano Quiñones, Julio L. Vizcarrondo y RomÔn Baldorioty de Castro, firmando la Ley.
El artista Gino Garibaldi fue quien dirigió el trabajo en Italia, y viajó a Puerto Rico en el año 1962 para montarlos. Este tardó cinco meses en terminar los cuatro murales que se encuentran en los arcos. Se utilizaron de cuatro a seis millones de mosaicos venecianos, entre todos los trabajos, y en algunos se utilizó, lo que conocemos como un baño de oro de veintidós quilates.
Resumen final
SegĆŗn el censo que se hizo, para el 21 de agosto de 1873, de 29,335 esclavos libertados, solo quedaban por contratarse 2,297. Aunque el Ćŗltimo sorteo para redimir carpetas de esclavos, se efectuó el 12 de mayo de 1890, completĆ”ndose 70,000 tĆtulos que importaba la real cĆ©dula de esclavos. Poco tiempo despuĆ©s, los libertos se integraron a la sociedad puertorriqueƱa con igualdad y respeto mutuo, y sus derechos como trabajadores libres fueron garantizados.
PoesĆa: Tres Conquistadores Abolicionistas
por: AdriƔn Santos Tirado
(Poeta, pintor, músico e historiador vegabajeño)

Tres conquistadores abolicionistas
JosƩ JuliƔn, a costa de pesares,
Segundo RuĆz, primero en la porfĆa,
con Mariano QuiƱones de vigĆa,
como Colón se lanzan a los mares.
Quedan atrƔs obscuros aguardares
atados con cadenas de agonĆa...
Ā”Es muy larga la noche cuando el dĆa
no se logra sacar de los altares!
Un veintidós de marzo y Primavera;
descórrese la noche de la espera
y estallaban de emoción los corazones.
”Por siglos de los siglos sabrÔ el mundo
quƩ grande fue un Acosta y un QuiƱones,
quƩ eternidad se encierra en un Segundo!
LIBRO "THE QUIET REBELS"
Referencias:
AdriƔn Santos Tirado, Enciclopedia VegabajeƱa 2021.
DĆaz Soler, Luis M. La abolición de la esclavitud. Instituto de Cultura PuerttorriqueƱa, San Muan, PR. 1982.
El Grito de Lares. Histopedia de Puerto Rico. 24 de septiembre de 2020.
GalerĆa de fotos del Capitolio de Puerto Rico. Puerta de Tierra.
Llegada de Esclavos Africanos a Puerto Rico. Histopedia de Puerto Rico. 20 de noviembre de 2020.
Marqués, René. La esclavitud. Talleres de Educación de la División de Educación de la Comunidad., San Juan PR. 1967.
Miller, Paul G. Historia de Puerto Rico. Rand McNalley & Co, Chicago IL. 1947.
Lincoln, Abraham. New Sandard Encyclopedia, Copyright Sandard Education Society Inc. 1964.
Proclama de los Diez Mandamientos de los Hombres Libres. https://ciudadseva.com/texto/proclama-de-los-diez-mandamientos-de-los-hombres-libres/
Puerto Rico: Historia, GeografĆa y Sociedad. Publicaciones e Investigaciones Educativas, Ediciones SM, CataƱo PR. 2018.
Rafael TufiƱo Figueroa. EnciclopediaPR.
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Sulsona, Herman. Escuela. Tallertes de Artes GrÔficas del Depto de Instrucción Pública del ELA, Santurce PR. 1976.